top of page

Precios y Condiciones

 

 

Nuestros criterios siguen el principio de libertad de precios en la prestación de servicios (art. 38 C.E, y 17.1 LCD).

 

En principio, son los Criterios Orientadores del ICATF, los que aunque orientativos, se toman, previo acuerdo entre las partes, como criterio para la fijación de nuestros honorarios, salvo negociación. Los precios no incluyen el I.G.I.C. vigente al momento de la fijación de los honorarios.

En cuanto a la forma de pago, será la pactada entre las partes.

 

En todo caso, los precios serán siempre ajustados a cada caso y razonables, y se ofrecen facilidades de pago para el abono de los honorarios.

 

 

bottom of page